2/2- Constitucionalismo y Democracia (por Jan Doxrud)

2) Constitucionalismo y Democracia (por Jan Doxrud)

En segundo lugar  tenemos el  enfoque económico de la democracia,  en donde esta operaría similar a un mercado, es decir, tenemos consumidores (votantes), empresas (partidos políticos), propaganda junto a la oferta y demanda de programas ideológicos los cuales tienen libertad de entrada y salida para competir en el mercado político. Ahora bien, esta analogía tiene sus límites, pero ayuda a entender el proceso democrático. En este mercado (al igual que en el económico por lo demás), no existe un equilibrio óptimo, ni consumidores informados y, además, en la arena política de trata de un juego de suma cero. Tampoco puede el consumidor castigar como es debido en caso de que su representante no lo representante, a lo más podrá no votar por éste en las próximas elecciones. 

En tercer lugar tenemos la visión elitista de la democracia,  representada principalmente por el economista austriaco Joseph A. Schumpeter, aunque también se podrían citar Gaetano Mosca y Robert Michels. Este enfoque también considera la democracia como un procedimiento en donde se compite de manera pacífica por el poder, pero tal poder es ejercido por una minoría, de manera que la democracia es el gobierno de una minoría (la élite política) sobre una mayoría). Como explica Nino, en el caso de Schumpeter, este rechazaba la idea de concebir la democracia como un método para generar decisiones políticas con el objetivo de alcanzar el bien común. La razón de ello radica en lo nebuloso que resulta ser el concepto de “bien común”, al igual que el de una supuesta “voluntad general”. Frente a esto, Schumpeter propone entender el método democrático como un “sistema institucional que se utiliza para tomar decisiones políticas dentro del cual algunos individuos adquieren el poder para decidir luego de competir por el apoyo popular”.

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Otro enfoque  mencionado por el autor es la  democracia pluralista  desarrollada por uno de sus principales exponentes: Robert Dahl. Esta es una variante de la concepción elitista, pero añade a esta la importancia de los grupos o facciones como los principales actores en la competencia política en lugar de personas individuales que constituyen las élites . De acuerdo al concepto de poliarquía de Dahl, el poder y la autoridad sobre los asuntos públicos se distribuyen en una pluralidad de organizaciones y asociaciones relativamente autónomas entre sí y en relación con el gobierno. Por ende, tales organizaciones no incluyen solamente las que son parte del Estado, sino que también privadas e independientes del aparato estatal.

La última concepción de democracia dentro de esta primera familia (la de la democracia liberal) se basan en las  teorías consensualistas, las cuales pueden, a su vez, fundamentarse en un consenso hipotético o uno real. El consenso hipotético se refiere a las  teorías contractualistas[1] que, como afirma Nino, “presuponen que una determinada institución adquiere valor si, bajo ciertas condiciones contrafácticas, esta fuera aceptada por aquellos que se encuentran sujeto a ellas”. Un ejemplo contemporáneo citado por el autor es la del fallecido filósofo político de la Universidad de Harvard, John Rawls (1921-2012), y su idea de un posición original en donde los individuos escogen los principios de justicia bajo un “velo de ignorancia”.[2]

En la posición original la persona no sabe nada acerca de sí mismo, sus capacidades, creencias, valores, etnia, cultura, tradiciones etc. En virtud de lo anterior ¿qué principios de justicia escogerías??

En la posición original la persona no sabe nada acerca de sí mismo, sus capacidades, creencias, valores, etnia, cultura, tradiciones etc. En virtud de lo anterior ¿qué principios de justicia escogerías??

Pasemos ahora a la segunda familiar de concepciones sobre la democracia: la social, participativa o antiliberal. Aquí la democracia es concebida como un mecanismo que transforma las preferencias de las personas o intereses originales de los individuos. Un segundo rasgo de esta concepción es que no separan el dominio de la política del de la moral, puesto que la política involucra inclinaciones, juicios y responsabilidades morales. De acuerdo a Nino, detrás de estas posturas se encuentra el espíritu del ginebrino Jean-Jacques Rousseau y su idea del contrato social el cual logra transformar la voluntad de los individuos en una voluntad general. De acuerdo a la lectura que hace Nino de Rousseau, el problema con su teoría radica en la dificultad de explicar el modo en que los sujetos de la política son transformados a través del consentimiento del contrato social, mediante el cual abandonan el estado (pre-político) de naturaleza. Al parecer, explica el mismo autor, el cumplimiento del contrato social cambiaría a los individuos ya que inspiraría en ellos un sentimiento de justicia en lugar de puros sentimientos egoístas. 

Otra lectura es que el llamado “Pueblo Soberano” sería un “sujeto” moral diferente de los individuos que lo componían. El mismo Rousseau afirmaba que este “pueblo Soberano”, sin tener existencia fuera de los individuos que lo componen, no tenía y no podía tener ningún interés en conflicto con el de estos. Esta concepción de la democracia asociada a la soberanía popular puede ser entendida, de acuerdo a Nino, por medio de una concepción orgánica y colectivista del pueblo. Aquí entramos en este difuso concepto. 

El concepto de pueblo, legado del romanticismo alemán, se ha caracterizado por ser una construcción intelectual que ha servido a intereses ideológico específicos, en donde el “pueblo” solo es “pueblo” en la medida en que se adhiera a una causa ideológica determinada, de manera que todos los demás serían parte del “no-pueblo” e incluso el “anti-pueblo”. También en el lenguaje cotidiano escuchamos en boca de dictadores y líderes populistas caer en la falacia de la reificación cuando utilizan el concepto de pueblo como si fuese algo concreto que siente, piensa y desea y, más aún, creen interpretar lo que el pueblo siente, piensa y desea. 

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Por último el concepto de pueblo crea la falsa ilusión de la existencia de una masa de personas homogénea, con los mismos intereses y deseos. Pueblo podrá significar para algunos una “mayoría” mientras que otros lo asocian con aquel sector de la población más vulnerable, por ejemplo, el proletariado. Como explica Nino, resulta difícil entender la idea de un “gobierno del por el pueblo”. ¿Cómo debemos entender “gobierno del pueblo”? Debemos entender ese pueblo como la totalidad de los individuos que componen la población? Otra pregunta ¿cómo entendemos “por el pueblo? ¿Acaso ese pueblo debemos entenderlo como una “mayoría”, de manera que el “gobierno de pueblo por el pueblo” vendría a ser el gobierno de la mayoría sobre la totalidad de la población? ¿Acaso cuando hablamos de “por el pueblo”, debemos entender por pueblo un subsector de la totalidad de la población como lo pueden ser los pobres, campesinos o proletarios? 

Pero de ser así tenemos que la fórmula “el gobierno del pueblo por el pueblo” significaría el gobierno de un subsector de un sector gobernaría a la totalidad de la población. Otros problemas con esta concepción de la democracia radica en que puede caer fácilmente en prácticas autoritarias en donde la abstracción denominada pueblo puede pasar a ser encarnada por un líder carismático o una minoría iluminada. Sumado a esto, Nino añade que esta concepción de la democracia basada en la soberanía popular no reconoce el contrapeso propio de las democracias constitucionales, como son los derechos individuales así como tampoco reconoce la preservación de una práctica jurídica continua.

Un segundo enfoque de la democracia participativa es el dialógico en virtud del cual el diálogo constituye un medio para contener los intereses egoístas y el poder de las facciones. Uno de sus representantes, mencionado por Nino, es C.B Macpherson (1911-1987) para quien el diálogo sirve para desarrollar las virtudes personales , el sentido colectivo de comunidad y las relaciones mutuas. No es mi intención profundizar en todos estos modelos de democracia que examina Nino, de manera que  pasaré a la propuesta del autor sobre los fundamentos de la concepción deliberativa de la democracia.

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Nino defiende lo que denomina como una concepción epistémica que se apoya sobre un proceso de deliberación colectiva que asigna valor a las decisiones mayoritarias por el hecho de constituir un mecanismo esencial para lograr que la deliberación tienda hacia la imparcialidad. Añade Nino que su propuesta se diferencia de concepciones populistas de la democracia que colocan el énfasis en el método mayoritario de toma de decisiones por ser valioso “en sí mismo”, sin importar cómo se logra tal mayoría. 

Desde un punto de vista epistemológico y ontológico, y sin entrar en detalles, Nino dice situarse en  una posición intermedia entre los filósofos John Rawls (elitismo epistemológico) y el alemán Jürgen Habermas (populismo epistemológico). Desde un punto de vista epistemológico, Nino asigna valor a la discusión y decisión intersubjetivas puesto que los considera como los procedimiento más confiable para tener acceso a la verdad moral, puesto que el conocimiento se incrementa en la medida en que los sujetos no sólo intercambian ideas sino que también tienen que justificarlas ante los demás. Pero este enfoque no margina la reflexión individual puesto que este también constituye un método de aproximación a la verdad moral , aunque Nino añade lo siguiente:

“Es posible, aunque generalmente improbable, que a través de la reflexión individual una persona pueda representarse a sí misma adecuadamente los conflictos de  intereses y pueda llegar a una conclusión correcta e imparcial. Es concebible que un individuo aislado alcance conclusiones más correctas que las que fueran alcanzadas a través de la discusión colectiva”.

Así, como ya señalé , Nino intenta rescatar dos aspectos valiosos de dos filósofos diferentes. De Rawls rescata la idea de que el conocimiento de la verdad puede alcanzarse por la reflexión individual, siendo la discusión con otros solo un elemento auxiliar que resulta ser útil para la reflexión individual.  De Habermas rescata la idea de que el método de la discusión y decisión colectiva constituye la “única” En lo que respecta a la ontología, Nino se adhiere a la idea de que la verdad moral se constituye por medio de la satisfacción de ciertos presupuestos formales o procesales de una práctica discursiva dirigida a lograr cooperación social.

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Vamos caracterizando esta teoría espistémica de Nino. Para el autor es de relevancia el conocimiento de los intereses de los otros, es decir, la falta de imparcialidad no se debería a los intereses egoístas de los individuo, sino que a su ignorancia respecto a los intereses de los demás. Otros rasgos de esta concepción de la democracia  es la asignación de un rol importante a la negociación y a las manifestaciones emocionales aunque estas juegan un rol subordinado a la argumentación en la promoción del poder epistémico del proceso de toma de decisiones mayoritarias, señala Nino. Para Nino la argumentación racional y la justificación de las propuestas es medular. Por ejemplo señala algunos concretos que deben ser rechazadps como a rgumentos en cualquier discusión genuina:

 a-La mera expresión de deseos o descripción de intereses.

b-Apelar a a la tradición, la autoridad o a la costumbre para justificar una opinión.

c-Propuestas que no satisfagan el criterio de universalidad.

En suma, la discusión debe satisfacer una serie de requisitos entre los cuales se encuentra el evitar caer en una serie de falacias lógicas, ejercicios retóricos tramposos y la erística. En cuanto a los factores emocionales presentes en toda discusión,Nino señala que estos pueden operar en contra del descubrimiento de la verdad moral y ser manipulados por personas dotados de una gran capacidad retórica y con una inteligencia emocional que le permite manipular a las masas.

Ahora bien, por otro lado, el autor reconoce que las emociones también pueden ayudar en el sentido de pueden impulsar la discusión moral misma y movernos a convencer a otros de la verdad de nuestra posición. También la emociones ayudan al proceso de argumentación en la asignación de culpa y aislamiento social hacia quienes velan por su propio bienestar e intereses. Tenemos, pues, que Nino pretende presentarnos una teoría de la democracia deliberativa, basada en la reflexión principalmente colectiva, pero también individual, en donde el proceso de discusión colectiva debe cumplir ciertos requisitos, como la racionalidad y la justificación de las proposiciones y evitar así todos los males que puede contener en sí la discusión colectiva. En palabras del autor:

“La capacidad epistémica de la discusión colectiva y de la decisión mayoritaria para detecta soluciones moralmente correctas no es absoluta, sino que varía de acuerdo con el grado de satisfacción de las condiciones que subyacen al proceso. Estas condiciones son: que todas las partes interesadas participen en la discusión y decisión; que participen de una base razonable de igualdad y sin ninguna coerción; que puedan expresar sus intereses y justificarlos con argumentos genuinos; que el grupo tenga una dimensión apropiada que maximice la probabilidad de un resultado correcto; que no haya ninguna minoría aislada, pero que la composición de las mayorías y minorías cambie con las diferentes materias; que los individuos no se encuentren sujetos a emociones extraordinarias”.

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Es importante enfatizar en que Nino no idealiza y dota al procedimiento democrático de infabilidad en sus decisiones, ya que eso sería caer en una falacia bastante básica: creer que la verdad, lo útil y lo eficiente lo determina una mayoría. Añade el autor que el valor epistémico de la democracia, esto es, el generar conocimiento por medio de la discusión y toma de decisiones, se encuentra restringido a ciertos temas. Así, por ejemplo, Nino señala que el valor epistémico de la democracia no se aplica al contexto de temas científicos o, en general, fácticos. Añade que tampoco puede ser aplicado el método democrático a la “totalidad” de la dimensión moral.

Existen ciertos principios que no pueden ser violados como los de autonomía, dignidad de la persona e inviolabilidad, que son partes de la concepción liberal de los derechos que se encuentran en una posición opuesta al igualitarismo y comunitarismo. Incluso Nino, teniendo en consideración que su concepción de la democracia pone en cuestión el control de constitucionalidad, sí admite tres excepciones. El control de constitucionalidad se justificaría para asegurar la autonomía personal, el control del procedimiento democrático o, en otras palabras, “asegurar que que las reglas del proceso democrático sean adecuadamente cumplidas”. 

[1] Mas detalles sobre el contractualismo en mi artículo: http://www.libertyk.com/blog-articulos/2017/2/9/por-qu-vivimos-en-sociedades-1-la-idea-del-contrato-social-por-jan-doxrud?rq=contrato

[2] Para profundizar en Rawls, puede hacer click en mi artículo sobre la Teoría de la justicia del autor (http://www.libertyk.com/blog-articulos/2015/7/18/resea-teora-de-la-justicia-de-john-rawls-por-jan-doxrud?rq=rawls )