3/7-El Estado: Georg Jellinek y el concepto de Estado (por Jan Doxrud)

El Estado (3): Georg Jellinek y el concepto de Estado

Continuemos con el estudio del teórico y jurista Georg Jellinek (1851-1911). Para el autor, el Estado no pertenece a aquella clase fenómenos que existen o pueden existir sin una organización o directriz como es el caso del lenguaje, las costumbres, la actividad científica y artística (fenómenos de tipo espontáneos). Por el contrario, el Estado pertenece a aquella clase de fenómenos que son esencialmente determinados por una organización subordinada a la voluntad humana. Este concepto que denominamos Estado está fijado geográficamente en una determinada parte de la superficie de la tierra y posee tanto un aspecto naturalista como un aspecto psicológico-social. En cuanto al primer aspecto, es decir, el fundamento naturalista del Estado, se pueden destacar dos características. En primer lugar, es esencial para el Estado un territorio, un espacio geográfico en donde ejerce exclusivamente el poder. Escribe Jellinek: 

Cuando se considera el territorio en su aspecto físico, se entiende el conjunto de condiciones naturales del Estado, abstracción hecha del aspecto físico de sus habitantes. Por consiguiente, las propiedades del suelo, su fertilidad, riquezas y productos naturales, magnitud, forma y límites del territorio, situación respecto al mar, la existencia de ríos, clima, etc., todas estas propiedades, directa o indirectamente, ejercen un influjo en los hombres en sociedad, así como la organización del Estado y en el contenido y límite de su actividad[1].

Ahora bien, Jellinek no defiende ninguna forma de determinismo, ya que si bien el ser humano nace en un entorno, éste a su vez lo transforma. En síntesis, el territorio no es solamente el elemento “muerto” del Estado sino que también es aquel de carácter imperecedero. El segundo fundamento naturalista del Estado es la estructura física de sus habitantes, lo cual es objeto de estudio de la antropología física y la etnología. De acuerdo a Jellinek existen razas que no son capaces de elevarse sobre un grado rudimentario de vida estatista y llegar de esa manera a crear y conservar un régimen de Estado ampliamente desenvuelto.

Pasemos ahora a examinarlas relaciones de la doctrina del Estado con las denominadas “ciencias del espíritu” que guardan relación con la cultura. Al ser el Estado también un fenómeno interno de la vida humana, le compete a la psicología el estudio de los actos y estados psíquicos de los individuos que habitan en un Estado determinado. De acuerdo al autor, resulta imposible comprender la naturaleza de las relaciones de poder, del imperium, sin un análisis psicológico. Esto se explica debido a que las diferencias entre individuos no son sólo de tipo “racial” sino que también “espiritual” y “moral”.

De acuerdo a lo anterior, tenemos que el Estado no se limita ser solamente un centro de poder situado geográficamente, ya que el Estado es también una institución exclusivamente humana, de manera que “toda aplicación del concepto de Estado a la vida social de los animales es una falsa imagen que arranca de una confusión entre los que son consecuencias de las modalidades instintivas, o sea, una organización física, y los resultados de las fuerzas éticas, o sea, la exteriorización de las fuerzas psicológicas[2].

Más adelante Jellinek ofrece la siguiente definición de Estado:

“el Estado es la unidad de asociación dotado originariamente de poder de dominación, y formada por hombres asentados en un territorio”[3].

Se puede decir que prevalece en cualquier teoría del Estado una teoría de la fuerza que básicamente dice que los individuos deben someterse ante una voluntad ya sea divina (justificación teológica-religiosa) o secular. Pero, como explica Jellinek, la teoría de la fuerza aparece como una que se opone a la concepción teológica, como fue el caso de Thomas Hobbes. También, por lo general, va adherida a esta teoría de la fuerza la idea de que el Estado sólo representa los intereses de los poderoso, de una elite,  ya sea la burguesía o el mismo proletariado. Friedrich Engels aseveraba que el Estado era el opresor de la sociedad civilizada y que actuaba, sin excepción, como instrumento de las clases dominantes. Esta teoría de la fuerza puede ser considerada correcta como justificación del Estado en el sentido de que efectivamente la existencia misma del Estado significa dos cosas: sometimiento a una voluntad (rey, Presidente, Primer Ministro, Canciller, Parlamentos, Congreso) y el origen violento de los Estados. Al respecto escribe Jellinek:

La teoría de la fuerza encuentra aparentemente un fundamento sólido en los hechos históricos, ya que en el proceso histórico de formación de los mismos es una excepción encontrar un Estado que haya nacido sin ser fruto de la victoria; las guerra ha sido, las más de las veces, la creadora de los Estados. Igualmente encuentra esta teoría apoyo en el hecho innegable de que todo Estado por su naturaleza es una organización de fuerza y de dominación”.

No obstante lo anterior, Jellinek añade que el poder del cual se habla es más bien psicológico que físico, lo cual explica que siempre sea una minoría la que gobierna sobre una mayoría:

“El poder, por ejemplo, que asegura la dominación británica en la India, no sería suficiente para mantener sometido a su obediencia, por algún tiempo, a un pequeño pueblo germánico. Por esto, las relaciones de dependencia estatistas y sociales están condicionadas ante todo por la riqueza moral y espiritual de los dominadores y dominados[4].

Tenemos, pues, que nuestro autor, ante la teoría de la fuerza, señala que, de ser cierta, entonces sus consecuencias no serían la de dar un fundamento al Estado, sino que destruirlo, ya que si el Estado no es más que fuerza irracional y brutal, entonces “¿por qué no ha de hacer el ensayo el que está sometido a este poder, de sacudir su yugo, de eliminar la autoridad o de aniquilar nuestra civilización tanto más cuanto que tales acciones, como todo lo que pasa, no quedan fuera de la necesidad de la leyes naturales?[5]. Lo que la teoría de la fuerza hace es presentar al Estado como una maquinaria que se fundamenta únicamente en el poder y la fuerza, frente a la cual hay que rebelarse como lo proponen los anarquistas. Por ello esta teoría no hace más que destruir el Estado, ya que prepara el camino a la revolución permanente, señala Jellinek.

En cuanto al concepto de soberanía, este ha sido fruto de un largo proceso que involucró la lucha entre el poder temporal y espiritual: “El origen de la conciencia de soberanía del poder terrenal hay que buscarlo, no en la lucha del emperador con el papa, sino en las relaciones de la monarquía francesa con el jefe de la iglesia[6]. Fue especialmente tras la contienda entre Felipe el Hermoso (1268-1314) y el papa Bonifacio VIII (1235-1303) que el poder del Estado – poder temporal – se potenció frente al poder espiritual de la Iglesia. Cabe aclarar que esta no es una opinión generalmente aceptada. Como veremos más adelante, Hermann Heller rechaza la idea de que existiese el Estado durante la Edad Media. Otros autores posteriores como Walter Ullmann (1910-1983), quien fue profesor de Historia Eclesiástica en la Universidad de Cambridge, es claro al señalar que el concepto de Estado no existía en la Edad Media. En palabras de Ullmann:

Por más que se repite con frecuencia que existía una situación conflictiva entre la Iglesia y el Estado en la Edad Media, esta aseveración carece por ahora de sentido histórico. Lo que sí existía era una situación de conflicto entre el sacerdotium y el regnum, pero este conflicto se daba dentro de un único y mismo conjunto, dentro de una única y misma sociedad de cristianos, y no entre dos cuerpos autónomos e independientes, la Iglesia y el Estado[7].

Bonifacio VIII tomado prisionero. miniatura della Nuova Cronica di Giovanni Villani 

Bonifacio VIII tomado prisionero. miniatura della Nuova Cronica di Giovanni Villani 

En lo que respecta al enfrentamiento entre el papa Gelasio I (492-496) y el emperador, donde el primero pretendía que el segundo sometiese sus leyes a los funcionarios eclesiásticos, afirmando así su propia autoridad, tampoco fue un ejemplo de enfrentamiento entre la Iglesia y el Estado:

Todo ello no tenía naturalmente nada que ver con ningún problema entre Iglesia y Estado. No sólo no existía aúnesta dicotomía, no sólo en el conjunto de la obra de Gelasio no se halla ninguna alusión al respecto, sino que, tampoco en el caso de que hubiese existido, se habría llegado jamás a plantear en toda su extensión este conflicto. La cuestión en litigio era exactamente a quién – el emperador o el papa – correspondía la decisión final y autorizada en aquellas materias que afectasen de una manera vital la estructura de un único y mismo conjunto[8].

En resumen, en opinión de Ullman, el concepto de Estado estaba tan lejos de la mentalidad de la Edad Media como la máquina de vapor o electricidad.

Regresemos a Jellinek. Sobresale otra figura dentro del proceso de nacimiento y desarrollo del Estado moderno y es lade Marsilio de Padua (1275-1342) quien fue el primero en afirmar la superioridad del Estado sobre la Iglesia. Otro autor, Jean Bodin (1530-1596), expone el contenido positivo de la soberanía: el derecho a legislar, el derecho sobre la paz y la guerra, el derecho a nombrar los altos dignatarios, el derecho supremo de justicia, el derecho a la fidelidad y a la obediencia, el derecho de gracia, el derecho de moneda y el derecho de fijar impuestos. Thomas Hobbes (1588-1679) por su parte, explica el concepto de soberanía con toda claridad en su sentido absolutista. Escribe Jellinek:

“Según él no caben apelacionescontra el soberano, ni es susceptible de ser penado es el supremo custodio de la paz y la más alta autoridad en materia de fe. Es legislador, juez supremo, señor de la paz y de la guerra y de todos los servicios; tiene el derecho de recompensar y castigar praeter legem, y es, por último, la fuente de todos los honores y dignidades[9].

Más adelante añade Jellinek:

El concepto de soberanía del Estado, en su forma absolutista, ha sido, a causa de esto, uno de los grandes hechos históricos que han influido en el concepto moderno del Estado. La convicción práctica de que éste es el que mantiene todo el poder público, y de que, por tanto, sólo de él puede nacer el derecho al ejercicio de las funciones públicas, procede de esta idea moderna del Estado[10].

Si bien el autor reconoce que el Derecho es anterior al Estado, siempre y cuandoentendamos por Estado la comunidad política de los pueblos modernos, esto no sería tan evidente si concebimos el Estado de manera dinámica y definido como la más alta asociación autoritaria que una época conoce. En otras palabras, el autor reconoce formas de derecho “no estatista” que pueden emanar de múltiples asociaciones. Pero luego afirma que este derecho no estatista no tiene la capacidad de ejercer una coacción jurídica. Explica el autor:

De aquí que el derecho de asociación, frente a los miembros de la misma, sólo pueda mediante la prestación de la fuerza del Estado o el reconocimiento de la autonomía de las mismas por parte de éste obligar a los miembros de la asociación, y únicamente por obra de la voluntad del Estado puede tener el derecho de asociación el carácter de derecho objetivo frente al Estado, es decir, valer como una parte misma del orden jurídico del mismo. La creación de un derecho de asociación objetivo es hoy de la exclusiva competencia del Estado[11].

El Estado es, por lo tanto, un fenómeno social que se erige sobre variedad de seres humanos que son diferentes unos a otros. Las relaciones entre Estado y sociedad han sido complejas y la teorización sobre el carácter de cada una así como las relaciones entre ambas han evolucionado a lo largo del tiempo. Jellinek señala que la teoría del Derecho natural, bajo el influjo aristotélico, igualó Estado y sociedad civil, y si existe alguna diferencia, es de carácter tenue.  A partir de Hobbes, el Estado es concebido por la teoría del Derecho natural como una persona en la que la sociedad alcanza su plenitud, pero se considera la sociedad como algo preexistente. Esta misma idea la expresaría Adam Fergusson (1723-1816).

Sería August Ludwig von Schlözer (1735-1809) quien establecería una diferencia y separación entre Estado y sociedad, donde esta última precedía al primero. La sociedad civil era s una unión anárquica, sin imperium, en donde el cumplimiento de las reglas jurídicas dependían de la honorabilidad de cada uno. Sería después, que surgirían clases sociales o más bien estamentos sobre la base de la propiedad y de las distintas ocupaciones económicas. Sólo sería ene se contexto en que surge el Estado con su imperium para proteger y dirigir a la sociedad ya organizada. Al respecto escribe Jellinek:

No aparece, pues, el Estado sobre una masa indiferenciada de individuos, sino sobre un pueblo membrudo, organizado ya a causa de una diferenciación de elementos económicos y espirituales[12].

Otros autores, como veremos más adelante, se han opuesto a la mera existencia del Estado como fue el caso de Proudhon, quien abogaba por una sociedad anárquica que se fundamentara en un régimen libre a base de contratos. En Proudhon, por ende, existe una oposición radical entre Estado y sociedad, lo mismo que para los demás anarquistas como Bakunin o Kropotkin. En cuanto a la escuela marxista, Jellinek señala que el Estado es la organización que se da a sí misma la clase explotadora con vistas a mantener las condiciones de la producción económica: el régimen capitalista de producción. Marx propone la conquista del Estado por el proletariado para imponer de esa manera su propia dictadura, por lo que Jellinek afirma que el socialismo marxista, a diferencia del anarquismo, intenta anular el Estado mediante la sociedad, sustituyéndolo con esta, para posteriormente suprimir la sociedad mediante el Estado. No obstante las diferentes teorías acerca de la sociedad y el Estado, y las relaciones entre ambos, existe acuerdo de que deben existir formaciones independientes e intermedias entre el individuo y el Estado.

Ahora cabe responder a la siguiente pregunta: ¿qué entiende Jellinek por sociedad? El autor responde que la sociedad significa la totalidad de las relaciones psicológicas que tienen lugar entre los hombres en el mundo exterior. Más adelante señala que la sociedad, en un sentido estricto, significa la totalidad de las agrupaciones humanas, de los grupos de hombres entre los cuales existe un elemento unitivo que los mantiene unidos. Paso seguido Jellinek añade que es imposible establecer una separación completa ni oposición entre Estado y sociedad, ya que el Estado mismo es una de las formas de la sociedad. No es posible pensar en ningún grupo social sin que lo consideremos a su vez dentro de un Estado.

Regresemos al concepto de Estado. El autor se remonta a los griegos, quienes habrían llamado Estado a la polis – aunque Giovanni Sartori rechaza esto – , esto es, a las ciudades-estado, que poseían un extensión territorial reducida. Para los romanos el Estado era la civitas, la comunidad de los ciudadanos o las “res pública” o la cosa común a todo el pueblo. Sería a partir del siglo XVI que la ciencia del Estado comenzaría a servirse de las lenguas nacionales. En relación a la Edad Media, Jellinek explica que el Estado (Land) consistió principalmente en su elemento territorial.  La concepción de Estado hacía de este concepto aplicable tanto a grandes como a pequeños territorios. El hecho es que la palabra Estado ha variado su significado a lo largo del tiempo. Por ejemplo, tenemos el concepto social del Estado que se fundamenta en el hecho de que los últimos elementos objetivos del Estado se encuentran conformadas por relaciones sociales. De acuerdo a esto, el Estado consistiría en relaciones de voluntad de una variedad de seres humanos, donde unos gobiernan y otros son gobernados. Existe lo que Jellinek denomina como “unidad teleológica” en el mundo social que es, a su vez,  una unidad esencial al Estado:

Una pluralidad de hombres aparecen unidos ante la conciencia cuando lo están por fines constantes y coherentes entre sí. Tanto más intensos son estos fines, tanto mayor es la unidad entre ellos, y esta unidad se exterioriza mediante la organización, esto es, mediante personas que tienen como ocupación cuidar…de que se mantenga esta unidad de los fines…La unidad teleológica del Estado…se denomina con más rigor, unidad de asociación[13].

Ahora bien, es importante aclarar que existen pluralidades de asociaciones que poseen sus propios fines y modos de organización, pero es el Estado la gran asociación que puede ejercer un poder coactivo sobre las demás asociaciones.

Pasemos ahora al tema de la naturaleza del Estado de acuerdo a Jellinek. El Estado forma parte, por un lado,  del mundo de los hechos, de manera que se encuentra inserto en el mundo real en sentido objetivo, esto es, el Estado tiene una existencia fuera de nosotros. Por otro lado tenemos el aspecto subjetivo-psíquico del Estado que involucra la voluntad y acciones humanas. A su vez,  se pueden distinguir dos enfoques en el estudio del Estado: el histórico-político y la concepción jurídica del Estado. El primero tiene como objeto de estudio el Estado como fenómeno social, tanto los hechos reales objetivos y subjetivos en que consiste la vida concreta del Estado. Continúa explicando que este enfoque histórico-político “sirve de base a la historia de los Estados, a la doctrina de sus orígenes, transformación y decadencia, a la investigación de los supuestos sociales y de la acción del Estado, así como al estudio de sus elementos propios y de sus relaciones internas[14]. En lo que respecta al enfoque jurídico, este tiene como objeto “el conocimiento de las normas jurídicas que determinan y sirven de pauta a las instituciones y funciones del mismo, así como de las relaciones de los hechos reales de la vida del Estado con aquellos juicios normativos sobre los que se apoya el pensamiento jurídico[15].

Aparte de esta concepción dualista del Estado (subjetivo-objetivo) existen otras teorías particulares sobre el Estado. Jellinek destaca, en primer lugar, aquellas que consideran al Estado de un modo predominantemente objetivo. Un primer ejemplo es el Estado considerado como un hecho, como algo realmente dado, es decir, no una abstracción que exista en nuestro pensamiento. Un segundo ejemplo es considerar el Estado en cuanto “estado”, es decir, considerado como un status civilis en oposición a un status naturalis. En otras palabras, se considera al Estado como una situación o estado, para ser más preciso, como un Estado de dominación. Jellinek critica esta concepción debido a que desconoce que cada situación o estado se compone de una ilimitada variedad de relaciones que jamás son algo meramente objetivo, sino que una abstracción de una variedad de voluntades. “Este punto de vista realista es incapaz de comprender ni la unidad del Estado ni su continuidad, sino que más bien hace consistir aquél en una variedad de relaciones de poder que se suceden las unas a las otras[16].

Un tercer ejemplo es identificar el Estado con alguno de sus elementos: el Estado como pueblo y el Estado como dominador o autoridad. La primera se refiere a que el Estado y los seres humanos que lo componen son una misma cosa. Jellinek critica tal idea por confundir la convivencia de los individuos tomado aisladamente con la concepción del pueblo comunidad. De acuerdo al autor, un pueblo es tal mediante la acción unificadora de la variedad de los seres humanos que la forman, que es realizada por medio de organización que a su vez es posible cuando unos mismos principios jurídicos rigen para una pluralidad. En cuanto al segundo caso, el Estado como dominador o autoridad, consiste en identificar el Estado con el gobierno, presente tanto en la obra de Hobbes como la teoría francesa del absolutismo tal como la planteó Bossuet: el Estado está contenido en el príncipe. Frente a esta doctrina explica Jellinek:

Un soberano o un dominador con una apariencia tan empírica y realista no es, en rigor, sino una abstracción jurídica, pues sólo considerando al soberano como institución independiente del cambio que es propio a los individuos, se pueden evitar la consecuencia que se desprende de esta concepción, a saber: que con la muerte del soberano cese también de existir el Estado[17].

La tercera teoría que considera al Estado de un modo predominantemente objetivo es aquella que lo concibe como un organismo natural. Esta considera el Estado como una formación orgánica de carácter físico que se encuentra sometido a leyes naturales.

Prosigamos ahora a aquellas teorías que consideran al Estado desde un aspecto predominantemente subjetivo. La primera es la concepción del Estado como un organismo ético-espiritual, la segunda es la concepción del Estado como unidad colectiva o asociación, y la tercera consiste en las doctrinas jurídicas acerca del Estado, esto es, el Estado considerado como un concepto jurídico. Añade Jellinek que sólo existen tres maneras de concebir jurídicamente el Estado. La primera es concebirlo como objeto del Derecho, lo cual Jellinek lo cree imposible ya que todo objeto de Derecho supone un sujeto y tal sujeto no puede ser sino los sujetos que dirigen el Estado.

La segunda es concebir que el Estado es una relaciónjurídica, lo cual el autor acepta en el sentido de que existen gobernantes y gobernados. Pero tal interpretación no es suficiente ya que no da cuenta, entre otros aspectos, de la unidad del Estado, es decir, aquellos que permanece invariable. En tercer lugar tenemos la concepción del estado como “sujeto de Derecho”. Este último concepto, explica Jellinek, es uno de tipo jurídico y, como tal, es por naturaleza una relación, esto es, que un ser humano sea un “sujeto de Derecho” significa que se encuentra en el orden jurídico en una relación que está determinada por normas de igual naturaleza. Jellinek señala que las diversas teorías del Estado pueden clasificarse en atómicas-individualistas y universales-colectivistas:

Si se consideran en su conjunto las teorías del Estado, dedúcese lo siguiente: todo ensayo para explicar el Estado tiene un carácter individualista o colectivista. Aquellas doctrinas que se creen realistas o empiristas no son en rigor sino consecuencias de la concepción que considera al individuo como lo único realmente existente…pero todo ensayo para explicar el Estado de una posición puramente individualista ha fracasado y necesita fracasar, porque es incapaz de concebir al Estado en su unidad…La posición colectivista, por el contrario,  enlaza la unidad del todo con la independencia de sus miembros y es la que sirve de fundamento a la doctrina orgánica del Estado, a la de la unidad de la asociación y a la doctrina política del Estado como sujeto de derecho[18].

[1] Georg Jellinek, Teoría general del Estado (México: FCE, 2004), 110-111.

[2] Ibid., 116

[3] Ibid., 194.

[4] Ibid., 206.

[5] Ibid.

[6] Herman Heller, Teoría del Estado (México: FCE, 2010), 405-406

[7] Walter Ullmann, Historia del pensamiento político en la Edad Media (España: Ariel, 1997), 19.

[8] Ibid., 42.

[9] Ibid., 423.

[10] Ibid., 425.

[11] Ibid., 346.

[12] Ibid., 119.

[13] Ibid., 192.

[14] Ibid., 160.

[15] Ibid., 161.

[16] Ibid., 164.

[17] Ibid., 167.

[18] Ibid., 187-188.